La Ley Nº 18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades, en su Artículo 20, señala que: a la unidad encargada de Secretaría Municipal le corresponderán las siguientes funciones:
· Dirigir las actividades de la secretaría administrativa del Alcalde y del Concejo.
· Desempeñarse como Ministro de Fe en las actuaciones municipales.
· Recibir, mantener y tramitar la declaración de intereses establecida en la Ley de Bases Generales de la Adm. Del Estado.
· Dirigir actividades de secretaría administrativa del Alcalde.
· Dirigir actividades de secretaría administrativa del Concejo.
· Desempeñarse como ministro de Fe en las actuaciones Municipales.
· Organizaciones Comunitarias.
· Consejos Económicos y Sociales Comunales.
· Registro de Inscripción para participar en el CESCO.
· Comunidades y Asociaciones Indígenas
· Ministro de Fe en la constitución de las Comunidades y Asociaciones Indígenas.
· Ley del Deporte
· Aprobar la Reforma de Estatutos de las Organizaciones Comunitarias Deportivas que adecuen sus Estatutos a la Ley del Deporte.
· Oficina de Partes y Archivo
· Ingreso, clasificación y distribución de correspondencia.
· Mantener archivo de documentación despachada y recibida.
- Secretario municipal: Roberto Rojas León, (45) 465 655, Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla
- Secretaría municipal: Diego Portales Nº 295 - 2º piso, Carahue, (45) 465 657, Esta dirección electrónica esta protegida contra spam bots. Necesita activar JavaScript para visualizarla












Secretaría Municipal

















